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El Concejo Deliberante de lglesia aprobó nueva ordenanza para regular la actividad minera en el departamento

La ordenanza N° 2059 busca fortalecer el control y la integración de las empresas mineras que operan en Iglesia. Establece requisitos de transparencia, contratación de mano de obra local, aportes para la capacitación y creación de becas. Además, impulsa la creación del Organismo Minero Municipal para coordinar acciones con las autoridades provinciales y la comunidad iglesiana.



El Concejo Deliberante del Departamento de Iglesia aprobó la ordenanza N° 2059, que introduce una serie de regulaciones para las empresas mineras que desarrollan actividades de exploración, construcción y explotación en el departamento. El objetivo principal de la normativa es garantizar una mayor participación de los trabajadores locales, asegurar la transparencia en las contrataciones y fomentar la inversión social en el ámbito educativo y laboral.


El Artículo 1 de la ordenanza establece que las empresas mineras deberán informar a la Municipalidad, a través de la Oficina de Empleo, el detalle completo de las empresas contratadas y subcontratadas que participan en los proyectos. Entre la información requerida figuran el nombre de la empresa, su dirección, la actividad que realiza, contacto por mail y teléfono, cantidad de personal y sus datos de residencia.

En el Artículo 2, se exige que las empresas mantengan instalaciones u oficinas en el departamento de Iglesia para facilitar la comunicación con la comunidad y el Municipio. Esto también permitirá una mayor fiscalización y seguimiento de las actividades.


El Artículo 3 es uno de los puntos clave de la ordenanza, al establecer que un 70% del personal contratado por las empresas debe ser residente del Departamento de Iglesia, siguiendo lo estipulado por la ordenanza N° 1896 de 2021. Para garantizar la transparencia en la contratación, se estipula un sistema de control sobre la veracidad de la residencia de los empleados.


En el Artículo 4, se introduce la obligación de las empresas de aportar fondos destinados a la capacitación de trabajadores locales, con el fin de preparar mano de obra calificada que pueda cubrir las demandas inmediatas y futuras de la industria minera en la región. Las áreas de capacitación incluyen servicios administrativos, mantenimiento y reparación de camiones, entre otros.

Además, el Artículo 6 establece la creación de un sistema de becas financiado por las empresas mineras, orientado a estudiantes iglesianos que deseen continuar con estudios universitarios o terciarios en áreas relacionadas con la minería, como ingeniería, geología, enfermería, entre otras.


El Artículo 7 regula la duración de las licitaciones con empresas locales, las cuales tendrán una validez de seis años siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la empresa principal.


Para coordinar las políticas relacionadas con la minería, el Artículo 8 dispone la formación de una Mesa de Trabajo de Minería, integrada por representantes de distintos sectores de la comunidad iglesiana, como cámaras mineras, gremios, escuelas y autoridades de salud. Este espacio de diálogo permitirá el desarrollo de medidas conjuntas entre las empresas, el Municipio y los ciudadanos.


Asimismo, la ordenanza crea el Organismo Minero Municipal (Artículo 9), que funcionará como la autoridad encargada de aplicar la normativa y de coordinar acciones con el Ministerio de Minería y la Secretaría de Ambiente de la Provincia de San Juan.


El Artículo 13 establece la estructura del Organismo Minero Municipal, que estará dirigido por un ingeniero en minas y contará con tres subsecretarios responsables de diferentes áreas: minería, medio ambiente y funciones complementarias.


Finalmente, en el Artículo 15, se hace un llamado a la responsabilidad individual de los ciudadanos iglesianos para que el cumplimiento de estas normativas no perjudique a la comunidad en su conjunto.


Esta nueva ordenanza pretende no solo mejorar las condiciones laborales y sociales en Iglesia, sino también asegurar que el desarrollo minero se realice en beneficio directo de la comunidad local, preservando sus recursos y fortaleciendo su participación en la industria.



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