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UxP quiere rechazar en el Congreso al DNU que cambió las condiciones para el pago de la deuda

La oposición sostiene que la resolución no cumple con la Ley de Administración Financiera y el Ejecutivo podría enfrentar otra derrota en el Congreso.

Este lunes, el Gobierno flexibilizó las condiciones para que la Argentina pueda reestructurar la deuda con el FMI sin necesidad de pasar por el Congreso. La decisión se tomó a través del DNU 846/2024, e integrantes de la oposición ya anticipan que el Ejecutivo podría sufrir otro revés legislativo, similar al rechazo que tuvo el decreto que le otorgaba gastos reservados a la SIDE.


“El DNU 846/2024 debe ser rechazado, como rechazamos los gastos reservados SIDE. Milei no puede hacer canjes de deuda sin cumplir con la Ley de Administración Financiera ni puede renegociar la deuda sin pasar por el Congreso, yendo en contra de los intereses de los argentinos”, escribió Germán Martínez, jefe del bloque de Unión por la Patria en Diputados, en X.



Carolina Gaillard, otra integrante del bloque de Unión por la Patria, también cuestionó el DNU firmado por el Presidente porque “viola lo establecido en la Ley de Administración Financiera y sortea al Congreso para endeudarse”. Y agregó: “El Poder Ejecutivo no puede tomar deuda sin autorización del Congreso, donde están los representantes del pueblo de la Nación. No podemos permitir tal atropello. No se trata solo de institucionalidad, sino de hipotecar el futuro de los argentinos”.


Julia Strada, otra integrante del bloque de Unión por la Patria, dio su punto de vista sobre el decreto y explicó en X que la renegociación de la deuda es “materia legislativa” y que el Gobierno “no puede autohabilitarse a renegociarla”.


“Se cansaron de decir que tenían los dólares para pagar la deuda, pero al final del día está claro que no puede resolver el frente externo: se queda sin dólares y las condiciones no mejoran para acceder a los mercados. Quiere renegociar sin ningún tipo de exigencia que evite empeorar las condiciones de endeudamiento de Argentina, como ocurrió con el mega canje de 2001 por el que fue procesado Federico Sturzenegger”, sostuvo.


Para Strada, el DNU fue “a escondidas” porque el Ejecutivo no pudo hacerlo a través de la Ley Bases: “Lo intentaron, pero lo retiraron. Y, aunque lo incluyeron en el Presupuesto 2025, difícilmente el Congreso les apruebe semejante arbitrariedad”.



Andrés Gil Domínguez, abogado constitucionalista, también dio su mirada sobre esta nueva medida: “El DNU 846/2024 habilita al Ejecutivo a canjear títulos en cualquier moneda, soslayando las potestades constitucionales del Congreso en la materia, cambiando definitivamente la Ley de Administración Financiera y permitiendo que el canje no mejore el monto, la tasa o el plazo del bono. La única condición es que los títulos sean tomados a precio de mercado”.


“Otro DNU nulo de nulidad absoluta e insanable, que gracias a la restrictiva y conservadora doctrina de la Corte Suprema nadie puede cuestionar si no afecta un derecho subjetivo”, cerró.


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